Bogotá, 10 de junio de 2025 – La Unión Sindical Obrera (USO) celebra la reciente sentencia de segunda instancia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas – Sala Laboral, que revocó íntegramente el fallo de primera instancia dictado por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Facatativá en el proceso ordinario laboral promovido por el señor Ariel Corzo Díaz. Con esta decisión, el alto tribunal reafirma la plena legitimidad y legalidad de las determinaciones adoptadas por mayoría en la Junta Directiva Nacional de la USO y, de paso, fortalece los principios constitucionales de autonomía y democracia sindical. x.compublicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co
1. ¿De qué trataba la demanda?
- Origen: El demandante pretendía que la jurisdicción civil deshiciera la distribución interna de cargos votada soberanamente por la Junta Directiva Nacional de la USO.
- Argumento central: Alegaba supuestas irregularidades que, según él, invalidaban la elección interna.
- Primera instancia: El Juzgado Segundo Civil de Facatativá acogió parcialmente su pretensión, cuestionando las decisiones internas del sindicato.
2. ¿Qué resolvió el Tribunal?
El Tribunal Superior, al estudiar la apelación interpuesta por nuestra organización, determinó que:
- La autonomía sindical es inviolable. La Constitución (arts. 38 y 39) y los convenios OIT protegen el derecho de los trabajadores a organizarse y gestionar sus asuntos sin injerencias externas.
- La Junta Directiva Nacional actuó dentro de sus competencias. La distribución de cargos respondió a un procedimiento democrático y estatutario, avalado por la mayoría de sus miembros.
- No existió violación de derechos fundamentales del demandante; por el contrario, su pretensión desconocía la voluntad colectiva expresada en votación legítima.
En consecuencia, revocó la sentencia del juzgado y ratificó la validez de la actual conformación de la Junta Directiva Nacional.
3. Alcance y repercusiones para la USO
Aspecto | Impacto inmediato | Proyección a mediano plazo |
---|---|---|
Gobernabilidad interna | Se despejan dudas sobre la conformación de la Junta Directiva; se consolidan las decisiones vigentes | Mayor estabilidad para ejecutar el plan de acción sindical 2025–2027 |
Autonomía sindical | Reafirma nuestro derecho a organizar nuestros asuntos sin intervencionismo judicial | Sienta un precedente para otros sindicatos frente a demandas similares |
Movimiento sindical colombiano | Mensaje contundente en defensa de la democracia interna | Fortalece la unidad frente a intentos de debilitamiento institucional |
El fallo del Tribunal Superior no solo reivindica la legitimidad de la Junta Directiva Nacional de la USO, sino que también envía un mensaje claro a toda la clase trabajadora: la autonomía y la democracia sindical no se negocian. Invitamos a cada afiliado y simpatizante a redoblar esfuerzos por la defensa de nuestros derechos y a mantener la unidad que hoy, más que nunca, resulta esencial para enfrentar los desafíos del sector petrolero y del país.
¡La autonomía sindical se respeta!
¡Viva la USO, viva la clase obrera colombiana!